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TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
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Desde un año antes y hasta seis meses después de la celebración de las elecciones generales para Presidente de la República y Diputados a la Asamblea Legislativa, el Tribunal Supremo de Elecciones, deberá ampliarse con dos de sus Magistrados suplentes para formar, en ese lapso, un Tribunal de cinco miembros.
Los Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones estarán sujetos a las condiciones de trabajo, en lo que fueren aplicables, y al tiempo mínimo de labor diaria que indique la Ley Orgánica del Poder Judicial para los Magistrados de la Sala de Casación, y percibirán las remuneraciones que se fijen para éstos.Página anterior Siguiente página